La autorización de residencia que necesitas para formar empleados extranjeros en España: ICT-UE en formación
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La autorización de residencia por traslado intraempresarial ICT-UE en la modalidad de formación es una alternativa por la que cada vez más empresas optan para trasladar temporalmente a empleados extranjeros no comunitarios a España con fines formativos.

Formar a tus empleados extranjeros en España con la autorización ICT-UE

Esta autorización de residencia para empleados extranjeros permite a una empresa o grupo de empresas con presencia internacional formar en España a trabajadores desplazados desde una entidad del mismo grupo, sin que exista relación laboral con la entidad española. A continuación, desglosamos sus características clave, requisitos y el papel fundamental que juega la Seguridad Social en el proceso de obtención de la autorización ICT-UE para formación.

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¿Qué es la autorización por traslado intraempresarial ICT-UE para formación?

Se trata de una autorización de residencia temporal en España que permite el traslado temporal de empleados a España, siempre que estos pertenezcan a un mismo grupo empresarial o empresa, con el objetivo de recibir formación en una entidad del grupo ubicada en España.

A diferencia de otras figuras migratorias, no se requiere contrato laboral en España, lo que la convierte en una herramienta flexible para los departamentos de recursos humanos internacionales.

Requisitos principales para obtenerla

  1. Relación entre empresas: Debe existir una clara relación entre las empresas entre las que se produce el traslado (grupo empresarial, sucursales, etc.).
  2. Titulados superiores: Esta formación debe estar destinada a trabajadores que dispongan de un título académico de grado superior.
  3. Antigüedad del trabajador: Es necesario acreditar una antigüedad mínima de tres meses del trabajador dentro del grupo empresarial.

Seguridad Social: el punto clave para la viabilidad

Uno de los requisitos más críticos y técnicos de la autorización ICT-UE en formación es la afiliación y cotización del trabajador en materia de Seguridad Social.

a) Mantenimiento en la Seguridad Social del país de origen

  • Si existe un convenio bilateral de Seguridad Social entre España y el país de origen, se ha solicitar el correspondiente certificado de cobertura, que exime de cotizar en España durante el traslado.
  • Este certificado debe estar en vigor y cubrir toda la duración de la residencia  en España.
  • Ejemplos de países con convenio: México, Brasil, Argentina, Estados Unidos, entre otros.

b) Alta en la Seguridad Social española

  • Si no existe convenio bilateral, la empresa española deberá dar de alta al trabajador desplazado en la Seguridad Social española como asimilado al alta sin relación laboral.

En muchos casos, este requisito marca la diferencia entre una solicitud viable y una que puede ser denegada por las autoridades competentes.

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Beneficios para tu empresa: formar empleados extranjeros en España

  • Rapidez: Tramitación en 20 días hábiles por la UGE-CE.
  • Flexibilidad: No se requiere contrato ni salario local.
  • Movilidad intraeuropea: Posibilidad de desplazamiento del trabajador a otras sedes en la UE.
  • Duración suficiente: Hasta 1 año. Posibilidad de renovar a una autorización de residencia ICT-Nacional.

La autorización de residencia ICT-UE en su modalidad de formación es una solución ágil y estratégica para empresas internacionales que desean invertir en el desarrollo de su talento, aprovechando los recursos formativos de sus sedes en España.

En PermisodeTrabajo.eu acompañamos a nuestros clientes en cada paso, facilitando la obtención de la documentación necesaria y gestionando todos los trámites administrativos para asegurar un traslado seguro y conforme a la normativa.

Si necesitas más información acerca de cualquier trámite migratorio, qué permiso o autorización de trabajo te corresponde o cuál puede ser tu mejor opción, en PermisodeTrabajo.eu estaremos encantados de ayudarte con la gestión.

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